Inició IMAIP 900 recursos contra sujetos obligados
MORELIA, Mich., 9 de diciembre de 2019.- El Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Imaip) informó que ha captado más de 300 denuncias e iniciado 900 recursos de revisión por falta de información de los sujetos obligados.
La comisionada presidente del órgano garante, Reyna Lizbeth Ortega Silva, señaló que la mayoría de las denuncias presentadas en lo que va del año, fueron interpuestas en contra de ayuntamientos, pero que también existen para el Poder Ejecutivo, partidos políticos y sindicatos.
“Cada vez la ciudadanía está conociendo más su derecho de acceso a la información y de protección a los datos personales. No nos da gusto que se presenten tantas denuncias y recursos porque eso quiere decir que hay un incumplimiento por parte de las autoridades”, dijo.
Ortega Silva precisó que los 270 sujetos obligados tienen por lo menos una denuncia presentada ante el Instituto. “Los ayuntamientos son los que más nos cuesta trabajo sus cumplimientos u obligaciones de transparencia”, agregó.
Aunque no precisó el número de sujetos obligados amonestados públicamente hasta el momento, manifestó que han sido muchos y que continúan con el proceso de revisión de las quejas. “Si no hay un cumplimiento, seguramente tendremos muchos sancionados”, advirtió.
Consultada sobre la revisión aleatoria que inició el Imaip a partir del segundo semestre del año para garantizar que los sujetos obligados cuenten con información actualizada, la consejera presidente indicó que existe un avance del 50 por ciento respecto a los 30 que serán verificados.
En Michoacán son 270 los sujetos obligados a cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por el hecho de recibir recursos públicos y ejercer actos de autoridad, tales como ayuntamientos; los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; organismos autónomos, sindicatos, partidos políticos y órganos descentralizados.
Las multas que interpone el Imaip van de 150 hasta mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), las cuales deberán ser pagadas por el funcionario público que impidió la publicación de la información y no con fondos públicos.