Podrán diputados remover al Auditor Superior
MORELIA, Mich., 30 de marzo de 2019.- El Auditor Superior de Michoacán podrá ser removido del cargo a solicitud de por lo menos 21 diputados, la cual será dictaminada por la Comisión Inspectora y tendría que ser aprobada por las dos terceras partes de los legisladores presentes en la sesión en la que se discuta y someta a votación.
De acuerdo con la nueva ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas previo a la votación y una vez leído el dictamen de la Comisión Inspectora, el Pleno garantizará el derecho de audiencia al afectado, en un procedimiento similar al del juicio político.
Entre las causas por las que el Auditor Superior podrá ser removido, independientemente de las responsabilidades administrativas, penales o políticas está la de ausentarse de sus labores por más de un mes sin mediar autorización del Congreso; conducirse con parcialidad en el proceso de revisión de la Cuenta Pública y en los procedimientos de fiscalización, investigación y substanciación de probables faltas administrativas.
Obtener una evaluación del desempeño poco satisfactoria sin justificación, a juicio de la Comisión, durante dos ejercicios consecutivos; sustraer, omitir, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia, así como divulgar la información que deba mantener en reserva.
También será causa de remoción omitir presentar el Proyecto de Plan Anual de Fiscalización de las Cuentas Públicas, Estatal y Municipal, los informes individuales y el Informe General, en los términos y plazos establecidos, como ha ocurrido de manera consecutiva durante los últimos seis años.
El Auditor Superior durará en su encargo siete años y no podrá reelegirse y para ser designado, independientemente de requisitos específicos que se establezcan en la convocatoria correspondiente deberá acreditar examen de conocimientos que será elaborado por instituciones de educación superior, colegios de profesionistas y organizaciones de la sociedad civil.
Se tomará en cuenta también los grados académicos, la experiencia profesional y laboral, las publicaciones e investigaciones realizadas, la participación en organismos o asociaciones profesionales y sus antecedentes profesionales; además de que deberá comparecer ante los diputados integrantes de la Comisión Inspectora que valorará la organización en su presentación, el conocimiento del tema, y su capacidad de respuesta en las réplicas.