Aprueba Congreso reforma en materia de extinción de dominio
MORELIA, Mich., 6 de marzo de 2019.- Con los 27 votos de los diputados asistentes a la sesión del pleno de la 74 Legislatura se aprobó la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de extinción de dominio.
La minuta, remitida por la Cámara de diputados del Congreso de la Unión, fue aprobada luego de que los diputados Cristina Portillo, Érik Juárez y Fermín Bernabé Bahena subieron a la tribuna para razonar su voto a favor.
Al término de la votación y ya estando en otro punto de la orden del día, el diputado de Morena, Alfredo Ramírez, intentó colgarse cual medallita la aprobación del dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales.
Estaba fuera de su lugar y ni cuenta se dio cuando se pasó al punto siguiente de la orden del día y corrió a su curul y comenzó a gritar que con el voto del Congreso de Michoacán se concretaba la reforma, ya que era el estado número 17 que la avalaba.
El presidente de la mesa directiva, José Antonio Salas, le dijo que ya estaban en otro punto, pero lo ignoró y comenzó a dar lectura al listado de congresos locales que ya la aprobaron. El presidente le insistió, pero como no hacía caso sencillamente se le quitó el sonido en su curul.
Desde 2008 se plasmó la extinción de dominio en la Constitución, pero no tuvo éxito ya que solo se ganó un caso en 2015 por la cantidad de 90 mil pesos, pues el Ministerio Público no ha logrado separar la práctica y los estándares del derecho penal del procedimiento civil de la extinción de dominio.
La extinción de dominio es una figura independiente de la responsabilidad penal y que no implica la imposición de una pena al delincuente por la comisión de un delito, sino que se trata de una acción real, autónoma y de carácter patrimonial, que se inicia y desarrolla en relación con bienes concretos y determinados con observancia de las garantías del debido proceso, bajo los principios de seguridad jurídica, legalidad y de la garantía de audiencia, explicó el diputado Juárez.
La reforma considera que la acción sea imprescriptible y simplemente se deje correr el tiempo para legitimar una propiedad mal habida y que se ejercite a través de un procedimiento jurisdiccional y autónomo de la materia penal, sobre bienes que sean instrumento, objeto o producto de actos de corrupción o de actividades ilícitas en perjuicio grave del orden público.