Verificación vehicular ahora es obligatoria
MORELIA, Mich., 3 de enero de 2019.- La verificación vehicular dejó de ser voluntaria para ser obligatoria, de acuerdo con el decreto del gobernador, Silvano Aureoles, publicado en el Periódico Oficial el pasado 31 de diciembre, mediante el que da a conocer el programa para el primer semestre de este 2019.
Al ser un programa obligatorio habrá multas no solo para quienes contaminen, sino para quienes aún con autos nuevos no obtengan el holograma cero o doble cero que prueben que se realizó el trámite correspondiente en los centros autorizados por la Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial.
En el artículo 118 del acuerdo se especifica que las multas serán de 15 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por cada por cada uno de los periodos que se haya incumplido la verificación; de seis a 12 por conducir vehículos automotores que contaminen ostensiblemente y de 25 UMA por circular sin llevar adherida la calcomanía de verificación vigente.
“Los propietarios o legales poseedores de vehículos automotores que circulen en el estado, deberán someter sus unidades a la verificación vehicular en los Centros autorizados por la Secretaría, dentro de los plazos establecidos en el calendario conforme a la terminación numérica de la placa. En el caso de vehículos matriculados en otras entidades federativas que no cuenten con verificación vigente de origen deberán verificar en los centros del estado", se indica en el artículo 93.
Los usuarios que decidan verificar semestralmente con reconocimiento en la Ciudad de México y Estado de México deberán realizar el trámite entre enero y febrero cuando la terminación de la plaza sea cinco y seis, en febrero y marzo siete y ocho, en marzo y abril tres y cuatro, en abril y mayo uno y dos, y en mayo y junio nueve y cero.
Quienes verifiquen anualmente para el cumplimiento local será conforme al siguiente calendario, de enero a abril cuando la placa termina en cinco y seis, entre marzo y junio siete y ocho, de mayo a agosto tres y cuatro, de julio a octubre uno de dos y entre septiembre y diciembre nueve y cero.