Separan del cargo a tesorera de LC por cometer faltas
LÁZARO CÁRDENAS, Mich., 7 de noviembre de 2018.- Un total de ocho faltas habría cometido la extesorera municipal, Miriam Cristina Ochoa Piedra lo que motivó fuera separada del cargo la mañana de este miércoles. De las imputaciones, solo dos son consideradas graves y violatorias de la Ley Orgánica Municipal y la Constitución Política del Estado, desglosa un documento del que Quadratín tiene copia.
De acuerdo con un comunicado de prensa, si bien no son consideradas graves, entre las faltas atribuidas se anotan faltas de respeto hacia el cuerpo edilicio y conductas “indecorosas”-sic-, cometidas durante sesiones de trabajo. A juicio de la Contraloría Municipal, dicha conducta es violatoria del Artículo 11 incisos k y j del Código de Ética para los servidores públicos del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas.
Una segunda falta, señalada como “Sin Vocación de Servicio”; son presuntas faltas de respeto hacia sus compañeros de trabajo y subordinados, evidente ausencia de trato cordial y racional, tolerancia y solidaridad y cofraternidad.
Enumerada como una tercera falta, se apunta que la ex tesorera incumplió en tiempo en la entrega de su fianza ante la Auditoria Superior de Michoacán-ASM-, a fin de garantizar su desempeño y manejo de fondos municipales, lo que incumple con la normatividad establecida.
Aunque no lo señala el documento, se sabe que por ese incumplimiento la ex tesorera fue multada hasta en dos ocasiones por un monto de ocho mil pesos cada una por parte de la ASM.
De los ocho señalamientos como causa para separarla del cargo, la ex funcionaria cometió tres faltas consideradas graves, enumera el punto 4 de la lista como Deficiente Planeación, organización y dirección de la tesorería.
De eso se desprende malas decisiones sobre la custodia, manejo y traslado de fondos públicos de la tesorería, lo que produjo un menoscabo patrimonial por el monto de 155 mil 680.64 pesos. En este caso el documento cataloga como falta grave ante el probable desvío de recursos públicos.
El número 5 del escrito por autorizar a personal fuera del servicio que habría tenido acceso a los fondos municipales.
“Caso de personal fuera de nómina que se encargaba de realizar cortes a las cajas de la tesorería, uso de la contraseña de la caja fuerte y traslado de valores por instrucciones de la tesorera. “Casualmente-remarca-, dicho personal después del incidente (robo)-SIC-, ya no se le ha visto en la tesorería”, detalla el escrito, que se debe precisar, no expone firma ni sello ni logos oficiales, pero si expresamente se relaciona con el caso.
En el punto 6 de la lista la causa se califica como un conflicto de interés por la ex funcionaria. “En virtud, que tesorera municipal contrató los servicios financieros del Banco Afirme sin haber dado aviso al órgano de gobierno, incurrió en probable conflicto de interés por tener una relación laboral con la esposa del gerente de dicha institución”.
En el punto 8 señalan omitir a la Contraloría Municipal de un supuesto robo del que habría sido objeto el subtesorero, sin que se explique monto, fecha y circunstancias de este supuesto.
Y por último, el punto 8 se señala como falta cobros de reembolsos fuera de la normatividad: “La tesorería realizó cobros de rembolso de anticipos, sin contar con el dictamen del Comité de Obra Pública que instruye la recisión del contrato y devoluciones, concediendo así ventajas indebidas a los contratistas para accionar en la vía jurisdiccional en contra del Ayuntamiento por incumplimiento de contratos, explica y concluye lo que se consideran fundamentos para la destitución de la ya exfuncionaria municipal.